Mercado de Producto de Referencia

El mercado de producto de referencia comprende la totalidad de los productos y servicios que los consumidores consideren intercambiables o sustituibles en razón de sus características, su precio o el uso que se prevea hacer de ellos.

Basándose en la información inicialmente disponible o en la información comunicada por las empresas afectadas, la Comisión (europea) suele estar en condiciones de determinar a grandes rasgos los posibles mercados de referencia dentro de los cuales ha de evaluarse, por ejemplo, una concentración o unas prácticas restrictivas de la competencia.

En general, y a todos los efectos prácticos al examinar casos individuales, de lo que se trata generalmente es de definir unos cuantos mercados de referencia alternativos. Por ejemplo, en relación con el mercado de producto, de lo que se trata con frecuencia es de determinar si el producto A y el producto B pertenecen o no al mismo mercado de productos. A menudo ocurre que la inclusión del producto B basta para hacer desaparecer los problemas que se plantean desde el punto de vista de la competencia.

En tales situaciones, no es necesario considerar si el mercado también incluye productos adicionales, ni llegar a una conclusión definitiva sobre la delimitación precisa del mercado de producto. Si, teniendo en cuenta las posibles definiciones alternativas del mercado, la operación no plantea problemas en materia de competencia, la cuestión de la definición del mercado se dejará en suspenso, reduciendo así la carga que representa para las empresas el suministro de información.

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